Procedimiento
1. Solicitud de admisión.
El productor del residuo, antes de su traslado desde el lugar de origen hasta la instalación del gestor, tiene que disponer de un compromiso documental de aceptación por parte del gestor (DA).
2. Contestación a la solicitud de admisión.
En el caso de admisión de los residuos, el gestor, en el plazo máximo de 1 mes, a partir de la recepción de la correspondiente solicitud, deberá manifestar documentalmente la aceptación y los términos de ésta.
3. Preaviso.
El productor o gestor intermedio que se proponga ceder residuos peligrosos deberá remitir, por lo menos con 10 días de antelación la fecha de envío, a la Dirección Xeral de Calidade e Avaliación Ambiental una notificación previa de traslado (NPT).
4. Formalización del documento de traslado.
Tanto el productor como el transportista y el destinatario intervendrán en la formalización del documento de control y seguimiento (DCS).
5. El remitente.
El productor o gestor intermedio, quedará con una copia del DCS y enviará otras copias al órgano ambiental de la comunidad autónoma de expedición.
6. El destinatario.
Se queda con una copia del DCS y envía otras copias al órgano ambiental de la comunidad autónoma de destino y copia al órgano ambiental de la comunidad autónoma de expedición.